DEFINICIONES:
Para los fines de la presente Póliza, considerando todas sus condiciones generales, particulares y especiales, se definen expresamente los significados de los siguientes términos de uso común:
Choque: Impacto del vehículo asegurado con un objeto extraño al bien sea que se encuentre el vehículo en circulación o estático.
Pérdida Parcial: Costo de reparación de los daños del vehículo asegurado, menor al 75 % del valor asegurado de dicho vehículo.
Pérdida
Total: Costo de reparación de los datos del vehículo asegurado, superior al 75 % del valor asegurado de dicho vehículo al momento de producirse la pérdida.
Valor Real o Comercial: Aquel que tenga en el mercado, un vehículo de la misma o similar marca, modelo, año y estado de conservación.
Deducible: Monto determinado en las condiciones particulares de esta póliza, que siempre corre por cuenta y cargo del Asegurado en caso de siniestro. Si el deducible se pacta en la forma de un porcentaje determinado sobre la pérdida, debe ser aplicable a la pérdida neta final, entendida como la suma de todos los desembolsos y gastos incurridos menos los valores recuperados.
Vehículos de servicio Particular: Automotores utilizados por el Asegurado o por personas autorizadas por éste, para uso personal o de sus negocios o actividades lícitas, sin que exista retribución de terceros por servicio alguno, debiendo constar registrada ante la autoridad competente, en la matrícula de dicho vehículo, como servicio particular.
Robo: Es la sustracción frandulenta de una cosa ajena, con ánimo de apropiarse de ella, mediante violencias o amenazas contra las personas o fuerza en las cosas, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo, o después. |